No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de litigio, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Juez. Se condena a la clínica https://beauqzzsb.free-blogz.com/76853683/datos-sobre-abogado-revelados